ESPAÑA. ACTUALIZACIÓN MEDIDAS RESTRICTIVAS POR CORONAVIRUS

ASTIC Info

La Orden SND/403/2020 establece unas condiciones de cuarentena para las personas procedentes de otros países a su llegada a España, las cuales deberán quedar en cuarentena durante un periodo de 14 días en su domicilio o alojamiento, debiendo limitar sus desplazamientos a las siguientes actividades:

- Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.

- Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.

- Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

Todos los desplazamientos se deberán realizar con mascarilla.

Las autoridades sanitarias podrán contactar con la persona para realizar el seguimiento de la cuarentena.

Se exceptúan los trabajadores fronterizos, los transportistas y tripulaciones, así como los trabajadores sanitarios que se dirijan al ejercicio de su actividad, siempre que no hayan estado en contacto con personas diagnosticadas con COVID-19.

Las agencias de viaje, los tour operadores y las empresas de transporte de viajeros deberán informar a los pasajeros de estas condiciones al inicio del proceso de venta de los billetes con destino al territorio español.

Estas condiciones se aplicarán desde las 00.00h del 15 de mayo y estarán en vigor durante la vigencia del estado de alarma y sus prórrogas.

Para el texto completo de la Orden: https://www.boe.es/boe/dias/2020/05/12/pdfs/BOE-A-2020-4932.pdf