ITALIA. CERTIFICADO COVID

Flash Informativo 220.21

ASTIC

En contra de lo que se ha venido anunciando hasta el momento, las autoridades italianas han publicado una circular en la que se precisa que no es necesario el “green pass” o pasaporte COVID, si los conductores de transporte de mercancías no participan en la carga y descarga.

Hasta el momento las autoridades italianas habían defendido la tesis contraria, de que los conductores, para acceder a los lugares de carga y descarga debían justificar, a través de los correspondientes certificados, haber completado la vacunación, haber superado el COVID, o tener una prueba negativa de antígenos de menos de 48 horas (72 en caso de PCR).

Según la nueva circular publicada la víspera de la entrada en vigor de la obligatoriedad, este certificado no es necesario, pero solo si el conductor no participa en la carga o descarga.  Es decir: el certificado es obligatorio si el conductor participa en las mencionadas operaciones.

Aprovechamos para recordar que continúa en vigor la obligación de completar el Formulario de localización de pasajeros (PLF) en formato digital antes de partir hacia Italia.

El PLF debe presentarse cuando sea requerido en controles por parte de la autoridad competente.