7.   PAIS   ¿Es obligatorio  llevar a bordo  cadenas para la  nieve?   Regiones y  periodo de  tiempo    ¿Cuántos  pares de  cadenas?   M ul ta s   Legislación concerniente   Otros   MACE DONI A   Si   Desde el  15/11 al  15/03   Si los  autocares y  vehículos  3. 5t no  pueden  llevar  cadenas,  deben llevar  neumáticos  de invierno   45 €   Para vehículos  3.5t: la huella  mínima en neumáticos de  invierno es de 6mm y en los de  verano de 4mm junto con  cadenas  para la nieve u otros  dispositivos apropiados.   Las gomas de invierno deben  llevar la indicación M.S., M+S  o M&S y el símbolo de nieve   Se  recomi enda  llevar a  bordo  una  pala   MOLD AVIA   No             MON GOLIA   No   El uso de  cadenas es  necesario  en  regiones  montañosas   desde  Octubre a  Mayo       Requerimientos Técnicos para  vehículos por carretera MNS - 4598 - 2003   Se  recomi enda  llevar a  bordo  una  cuña  para las  ruedas                                                     
                                        
                                            5.   PAIS   ¿Es  obligatori o llevar a  bordo  cadenas  para la  nieve?   Regiones y periodo de  tiempo    ¿Cuántos  pares de  cadenas?   Multas   Legislación  concernient e   Otros   HUNGRÍA   No   En los tramos de  carretera indicados con  señales   Deben  ponerse, al  menos, en el  eje motor.   La velocidad  máxima será  de 50 km/h   Existen  multas por  el uso de  cadenas  de nieve  en  carreteras  secas     Los  neumát icos  con  clavos  están  prohibi dos   ITALIA   No   Obligatorio en invierno  al cruzar los pasos de  los Alpes y en otras  carreteras cubiertas de  nieve en cumplimiento  con las señales   No  hay  requi sito  nacio nal,  pero  las  autor idad es locales pueden pedir  que  sea obligatorio  llevar cadenas de nieve  en sus áreas entre el  15/11 y el 15/04   Para  cono cer  dicha s  áreas, debe llamar al  +391518   Como  mínimo un  par por  vehículo   Multas  entre 85 y  338€   Art. 6 del  Código de  Circulación:  las  autoridades  competente s indicarán   mediante  señales la  obligación  de llevar  equipamient o  antideslizant e (cadenas o  neumáticos  de nieve) si  hay nieve o  hielo en la  carretera                                 
                                        
                                            11.     PAIS   ¿Es  obligatorio  llevar a  bordo  cadenas  para la  nieve?   Regiones y  periodo de tiempo    ¿Cuántos  pares de  cadenas?   Multas   Legislación  concerniente   Otros   SUIZA   No   Es obligatorio  en  carreteras con la  señal “Chaînes à  neige  obligatoires”. El  periodo de tiempo  es incierto ya que  en las regiones de  los Alpes puede  nevar en verano   Al menos  dos en las  ruedas  motrices en  un mismo  eje, o una  por lado en  el caso de  ruedas  gemelas   CHF 100  ( 80€)   Art. 61 y 62 de  OETV   Art. 29 OSR   Los  neumáticos  con clavos  están  autorizados  para  vehículos de  más de 3.5t  desde el  01/11 al 30/04   TUKM ENIST AN   No             TURQ UÍA   Si   Todos los vehículos  deben usar ruedas  de invierno entre  el 01/12 y el 01/04,  el  Ministerio puede  incrementar este  periodo en un mes  dependiendo de  las condiciones   Un par   El  conductor  será  multado  con TL 519  y se le  prohibirá  conducir   Gaceta Oficial  nº 28461 de  08/11/2012     UCRA NIA   No         Decreto del  Gabinete de  Ministros nº  1306 del  10.10.2001                                 Príncipe de Vergara , 7 4    E dificio CEOE   -   2800 6   MADRID   Tlf.: 91 451 48 01 / 07   –    Fax: 91 395 28 23   E - mail:  [email protected]   Nota:   Prohibida   la   edición,   distribución   y   puesta   en   red,   total   o   parcial,   de   esta  información sin la autorización de A.S.T.I.C.    
                                        
                                            1.       CIRCULAR Nº.  2 . 1 5 7     Madrid,  3 0   de  noviembre   201 6       ASUNTO :  E QUIPAMIENTO INVIERNO       ENCUESTA   SOBRE   LA   LEGISLACIÓN   EN   EL   USO   DE  CADENAS DE NIEVE Y NEUMÁTICOS DE INVIERNO         El  Centro  de  Información  de  la  IRU   ha  realizado  un  estudio  sobre  el  uso  de  cadenas  de  nieve  y  neumáticos  de   invierno   en   varios   países   que   a   continuación   de  hacemos llegar debido a su interés general.     P A IS   ¿Es  obligatori o llevar a  bordo  cadenas  para la  nieve?   Regiones y periodo  de tiempo    ¿Cuánto s pares  de  cadenas ?   Multas   Legislación  concerniente   Otros   A L E M A N I A   No   En carreteras  cubiertas por nieve y  señalizadas   Deben  ponerse  en el eje  motor.   La  velocida d  máxima  es de  50km/h   Entre 40  y 80€   La huella mínima para   los neumáticos es de  1.6mm.   Los camiones de más  de 3.5t y los  autocares con más de  8 asientos deben ir  equipados con  neumáticos que  lleven la indicación  M+S, M.S. o M&S en  el eje motor cuando  nieve, hiele o en  condiciones de  deshiele   Cuando las  circunstancias  lo requieran,  el vehículo  debe ir  equipado con  neumáticos de  invierno,  cadenas para  la nieve, pala,  pico y barra o  cuerda de  remolque   A R M E N I A   No   No hay obligación ya  que normalmente no  hay necesidad para  ello, pero en áreas  montañosas,  ocasionalmente  pueden cerrarse  carreteras por  nevadas     En caso  de  necesida d, en los  ejes de  transmisi ón del  vehículo     Ninguna específica,  pero se avisa de que  en invierno se utilicen  neumáticos  adecuados   Se prevé que  haya una  nueva  legislación  pronto       
                                        
                                            9.   PAIS   ¿Es  obligatorio  llevar a  bordo  cadenas para  la nieve?   Regiones y periodo  de tiempo    ¿Cuá ntos  pare s de  cade nas?   Multas   Legislación  concerniente   Otros   POR TUG AL   No   Cuando las señales así  lo indiquen   Al eje  motor  del  vehíc ulo   Entre  24.94€ y  124.70€       REI NO  UNI DO   No es  obligatorio  aunque su uso  no está  prohibido         El neumático ha de  ser adecuado a las  circunstancias de la  carretera.   Para vehículos de  más de ocho  pasajeros o más de  3.5t, la huella mínima  es de 1mm, para el  resto, 1.6mm   Se  recomienda  una huella  mínima de  5mm en  condiciones  de nieve o  hielo   REP ÚBLI CA  CHE CA   No   Del 01/11 al 31/03. En los  tramos de carretera  indicados mediante  señales.   Para vehículos de más de  3.5t, todas las ruedas  deben llevar neumáticos  de invierno; para los  vehículos de 3.5t o  menos, solo en las ruedas  motrices     Un  par  de  cade nas  en el  eje  motor  y no  se  debe n  exce der  los  50km /h   De 1.500  a   2.500  CZK (60  a 100€)   Acta sobre  Condiciones  Técnicas (341/2002),  Reglamento  202/2008 y 30/2001,  Acta sobre el Tráfico  por Carretera  (361/2000 Coll, 40ª)   La huella mínima  para los vehículos de  más de 3.5t es de  6mm y de 4mm para  los de 3.5t o menos.  Deben   llevar la  indicación M+S, M.S.  o M&S.   El uso de  neumáticos  con clavos  está  prohibido                                 
                                        
                                            2.   P A IS   ¿Es  obligatori o llevar a  bordo  cadenas  para la  nieve?   Regiones y periodo de  tiempo    ¿Cuántos  pares de  cadenas?   Multas   Legislación  concerniente   O t r o s   A U S T R I A   SI   Del 01/11 al 15/04  (mercancías) y hasta el  15/03 (viajeros) deben  llevar neumáticos de  invierno.   Los coches privados y  camiones de menos de  3.5t los tienen que poner  en caso de condiciones  adversas   Las cadenas  deben ponerse  en, al menos,  dos ruedas en  el mismo eje y,  como mínimo  en un eje  motor. No se  aplica a  autobuses de  servicio público   H asta  5.000€. El  vehículo  puede ser  retenido si  pone en  peligro a  los otros  usuarios  de la  carretera   Huella mínima de 6mm  para neumáticos de  invierno crossply y de  5mm para los radiales.  Deben llevar indicaciones  M+S, M.S. o M&S. En caso  de vehículos de 3.5 t o  menos, 4mm en radiales y  5 mm en crossply y deben  ponerse en las cuatro  ruedas.     A Z E R B A Y A N   No         No hay legislación al  respecto     B É L G I C A   No, pero  está  autorizado  en  condicion es de  nieve o  hielo   En la región de Valonia  existe un “plan de  acción  especial para el  invierno”: si las  condiciones  meteorológicas lo  requieren, las  autoridades impondrán  una prohibición de  circulación para los  vehículos de más de  13m en ciertas  carreteras. Los  vehículos equipados con  sistema fijo de cadenas  de nieve están  exentos  de esta prohibición       Huella mínima de 1.6mm.  Neumáticos de clavos  prohibidos a no ser que el  Ministerio de Movilidad  los autorice como medida  excepcional debido a las  condiciones atmosféricas  y bajo las medidas que  ellos consideren  oportunas                               
                                        
                                            3.   P A IS   ¿Es  obligatori o llevar a  bordo  cadenas  para la  nieve?   Regiones y periodo de  tiempo    ¿Cuá ntos  pare s de  cade nas?   Multas   Legislación  concernient e   Otros   B U L G A R I A   Si   Dependiendo de las  condiciones, las autoridades  pueden imponer el uso de  cadenas al cruzar pasos de  montaña. Las cadenas  también deben ponerse  cuando así lo indiquen las  señales de carretera y es  obligatorio ponerlas en, al  menos, dos ruedas   Un  par  de  cade nas  de  nieve  por  vehíc ulo   El vehículo  puede ser  remolcado y  tener que  pag ar los  gastos que  conlleve     El uso de  neumáticos con  clavos está  prohibido   D I N A M A R C A   No           El uso de  neumáticos con  clavos sólo está  permitido del  01/11 al 15/04   E S L O V A Q U I A   Si   Del 15/11 al 31/03, todos  los vehículos de más de 12t  y categorías N1 y M1 deben  llevar a bordo cadenas de  nieve. El uso obligatorio de  las cadenas se indica  mediante la señal C14,  sobretodo en pasos de  montaña como Donovaly,  Sturec y Soroska   Al  meno s en  d os  rueda s del  eje  motor   Hasta 60€, a  no ser que  ocurra un  accidente,  que la multa  sería superior  pudiendo  llegar hasta a  penas de  prisión   Ley nº  8/2009, art.  38   Los  neumáticos  deben  llevar el  indicativo  M+S, M.S. o  M&S   En condiciones  de nieve o hielo,  los  vehículos de  menos de 8  pasajeros y de  menos de 3.5t  también deben ir  equipados con  neumáticos de  invierno                                         
                                        
                                            6.   PAIS   ¿Es  obligato rio  llevar a  bordo  cadenas  para la  nieve?   Regiones y periodo  de tiempo    ¿Cuá ntos  pare s de  cade nas?   M u l t a s   Legislación  concerniente   Otros   KAZAJISTAN   Si   En diciembre, enero  y febrero se deben  llevar neumáticos de  invierno con los  siguientes requisitos:  3PMSF, símbolo de  nieve y/o M+S, M&S,  M - S. La huella debe  ser de 4mm si no se  indica  otra cosa.   Neum áticos  de  invier no en  todas  las  rueda s     En condiciones normales,  la huella del neumático  debe ser:   N2, N3, O3 y O4, 1mm   M2 y M3, 2mm   M1, N1, O1 y O2, 1.6mm   Neumáticos  con clavos  prohibidos en  junio, julio y  agosto. El  periodo de  uso de  neumá ticos  de invierno  puede  extenderse si  se considera  oportuno   LETONIA   No   01/12  –   01/03       Según el art. 219 del  Reglamento de  Circulación, el uso de  neumáticos de invierno es  obligatorio solo para  vehículos de mercancías y  pasajeros de 3.5t o más.   Los  neumáticos con clavos  se pueden usar como  alternativa a las gomas de  invierno, aunque queda  prohibido su uso desde el  01/05 al 01/10.   Para vehículos <3.5t:  huella de 4mm, el resto,  1mm.     LITUANIA   No   El uso de neumáticos  con clavos está  prohibido desde el  10/04 al 31/10. Para  vehículos de más de  3.5t el uso de gomas  de verano está  prohibido desde el  10/11 al 31/03.       La huella mínima según la  categoría del vehículo del  10/11 al 31/03 es: M2 y  M3 –   2mm; N2 y N3  –   1mm;  O3 y O4  –   1mm   Se debe llevar  a bordo:  triángulos de  advertencia,  extintor, kit  de primeros  auxilios y  chaleco  reflectante   LUXEMBURG O   No   En condiciones  invernales, los  vehículos de hasta  3.5t deben llevar  neumáticos de  invierno en todas sus  ruedas, los de más  de 3.5t, en el eje  motriz     7 4 €   Deben estar equipados  con neumáticos M&S,  M.S., M+S o símbolo de  nieve en todas sus ruedas.               
                                        
                                            8.   PAIS   ¿Es  obliga torio  llevar  a  bordo  caden as  para  la  nieve?   Regiones y  periodo de  tiempo    ¿Cuántos pares de cadenas?   M u lt a s   Legislación  concerniente   Otros   NORUEG A   Si, del  15/11  al  31/03  los  neumá ticos  de  inviern o son  obligat orios  en  todas  las  ruedas   En los  condados  norteños de  Nordland,  Troms y  Finnmark, el  periodo  invernal  comienza el  15/10 hasta el  30/04; en el  resto del país  es desde el  01/11 al  primer lunes  después del  lunes de  Pascua.   Las  autoridades  pueden hacer  excepciones  en esta  regulación.   Las cadenas deben ser puestas  de tal forma que siempre  tenga n contacto con la  superficie de la carretera y se  deben poner  independientemente del tipo  de neumático que se lleve.  Para vehículos de 3.5t, se  deben usar, al menos, tres  cadenas, poniendo una en la  rueda frontal y las otras dos en  el eje motor. Para vehíc ulos  combinados de más de 3.5t, se  deben usar, al menos, siete  cadenas si el eje motor tiene  ruedas gemelas, poniendo una  cadena en la rueda frontal, una  a cada rueda del eje motor y  dos al tráiler. Si tuviera ruedas  simples en el eje motor o se  usaran cad enas dobles, es  suficiente con cinco cadenas al  poner solo dos en las ruedas  del eje motor     Los neumáticos  de invierno  pueden ser  gomas con  clavos o  neumáticos de  fricción. Deben  llevar la  indicación M+S,  MS, M&S, “barro  y nieve”, 3PMSF  o “3 peak  mountain  snowflake” y ser  especialmente  diseñadas para  la conducción  en invierno.   La huella  mínima es de  5mm. Fuera del  periodo invernal  es de 1.6mm   Más  informaci ón en  http://w ww.vegv esen.no/ en/Vehic les/Seaso nal/Tyres +and+sn ow+chai ns     POLONIA   No   El uso es  obligatorio  bajo al señal  C18.     La finalización  de la  obligación  está indicada  bajo la señal  C19.     Solo se  permite en  carreteras  cubiertas de  nieve   Al menos, en las  dos ruedas  motrices   H a s t a  P L N   2 0 0  ( 5 0 € )   Art. 66.1 de Ley  de Tráfico por  Carretera   El uso de  neumátic os con  clavos  está  prohibid o       
                                        
                                            10.   P A IS   ¿Es  obligatori o llevar a  bordo  cadenas  para la  nieve?   Regiones y  periodo de  tiempo    ¿Cuá ntos  pare s de  cade nas?   Multas   Legislación  concerniente   Otros   R U M A N I A   Si   Es obligatorio  llevar  neumáticos y  cadenas de  nieve  independient emente de la  estación   En el  eje  motor   Entre RON 4.000 y 6.000.  Solo puede ser impuesta  por un agente de la  Inspección Estatal por el  Control del Transporte  por Carretera (ISCTR).  L a policía de tráfico  puede imponer multas  de entre RON 1.125 y  2.500 y retirada del  certificado de registro   Ordenanza sobre  Emergencia nº  195/2002.   La huella mínima debe  ser de, al menos, 2mm.   Los neumáticos deben  llevar el indicativo M+S,  M.S. o M&S.   Los  neumáticos para  cualquier estación no  están permitidos   Se  recomie nda  llevar  una pala  o un saco  de sal y  arena   R U SI A   No   Recomendado  en los Urales.  En diciembre,  enero y  febrero se  deben llevar  neumáticos  de invierno  con los  siguientes  requisitos:  3PMSF,  símbolo de  nieve y/o  M+S, M&S, M - S. La huella  debe ser de  4mm si no se  indica otra  cosa.   Neum áticos  de  invier no en  todas  las  rueda s     En condiciones  normales, la huella del  neumático debe ser:   N2, N3, O3 y O4, 1mm   M2 y M3, 2mm   M1, N1, O1 y O2, 1.6mm   Neumáti cos con  clavos  prohibid os en  junio,  julio y  agosto.  El  periodo  de uso  de  neumátic os de  invierno  puede  extender se si se  consider a  oportuno   S U E C I A   No   Del 01/12 al  31/03:   Vehículos de  3.5t o menos  deben llevar  gomas de  invierno con  una huella  mínima de  3mm.   Vehículos de  más de 3.5t  deben llevar  neumáticos de  invierno con  una huella  mínima de  5mm en el eje  motor. Para las  ruedas del  tráiler basta  con la huella  mínima de  1.6mm.       Los neumáticos de  invierno deber llevar la  indicación M+S, M - S,  M.S., MS o M&S, 3P MSF   El uso de  neumátic os con  clavos  está  permitido  desde el  01/10 al  15/04   
                                        
                                            4.   P A IS   ¿Es  obligatori o llevar a  bordo  cadenas  para la  nieve?   Regiones y  periodo de  tiempo    ¿Cuántos pares de cadenas?   Multas   Legisl ación  concer niente   Otros   E S L O V E N I A   Si   Del 15/11 al  15/03   Neumáticos de invierno o de  verano con cadenas deben ir en el  eje motor.   Los neumáticos de vehículos con  una masa máxima autorizada de  3.500kg (inclusive) capaces de  alcanzar una velocidad de  más de  40 km/h deben ser del mismo  tamaño, tipo y construcción,   mientras que los neumáticos en el  mismo eje también deben tener la  misma capacidad de carga,  clasificación de velocidad y dibujo  de la banda de rodadura y deben  ser fabricados por el mismo  fa bricante. Los neumáticos de  invierno pueden tener una  clasificación de velocidad que sea  un máximo de dos calificaciones  inferiores a la velocidad  especificada por el fabricante del  vehículo. (Nota: las velocidades de  los neumáticos: Q hasta 160 km/h,  S ha sta 180 km/h, T hasta 190  km/h, H hasta 210 km/h, V hasta  240 km/h, W hasta 270 km/hy Y  hasta 300 km/h).   120€  -   4.000€. Los  vehículos  pueden ser  retenidos  por la  policía   Los  neumát icos  deben  llevar  la  indicac ión  M+S y  tener  una  huella  mínima  de  3mm   Todos  l os  vehícul os  deben  llevar a  bordo  una  pala   E S P A Ñ A   Si   Las cadenas  deben usarse  en ciertas  carreteras de  regiones  montañosas           F R A N C I A   No   Desde el  sábado anterior  al 11/11 hasta el  último domingo  de marzo. El  uso de cadenas  está permitido  en carreteras  cubiertas de  nieve de  acuerdo con la  señal B26  incluso para los  vehículos con  neumáticos con  clavos     Los equipos   antideslizantes   extraíbles   deben garantizar   el  movimiento   inicial y posterior   de  la dirección y   frenado del  vehículo.   Las cadenas deben  ponerse en, al  menos, dos ruedas motrices.   Velocidad máxima permitida con  cadenas: 50km/h   135€. Si no  se paga la  multa o no  se presenta  requerimien to de  exoneración  en 30 días,  la multa será  incrementad a a 375€.   En  determinad as  condiciones  el vehículo  pued e ser  embargado   Art. R  314 - 3  del  Código  de  Circula ción y  Decret o de  18/07/ 1985.   Si lleva  neumát icos  con  clavos,  debe  llevar  un  adhesi vo