N.I. 10.20. UK. Cabotaje tras el brexit

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1. Nº 10 . 20 Madrid, 30 de e nero de 20 20 R E INO UNIDO. CABOTAJE TRAS EL BREXIT

2. Nº 10 . 20 Madrid, 30 de e nero de 20 20 R E INO UNIDO. CABOTAJE TRAS EL BR EXIT En el caso de que el Reino Unido sea un destino de cierta importancia entre las rutas internacionales que realiza su empresa, est a Nota Informativa va dirigid a a usted. A partir de mañana se abre el periodo de 11 meses (establecido en el acuerdo de salida) para que ambas partes, UK y UE , negocien las condiciones que van a regir su relación futura, relación en la que , como se sabe , UK será a todos los efectos un “tercer país” para el resto de los miembros de la U E . En esas negociaciones, algunos sectores como el transporte aéreo y el terrestre presentan especiales connotaciones y dificultades derivadas de la alta movilidad de su actividad y la fuerte regulación a la que est án sometidos. En particular, en lo que a nuestro sector se refiere, un elemento que se pondrá en liza es la posibilidad de permitir el cabotaje de los vehículos británicos en suelo comunitario y, recíprocamente, el de los vehículos de la UE en territorio del UK . Por lo que se puede prever, dada la relación que ya existe de la UE con terceros países, lo más probable es que en la negociación la parte de la UE plantee que NO SE CONSENTIRÁ a las flotas británicas que crucen el Canal, realizar cabotaje en suelo de la UE. Consecuentemente es de esperar que tampoco nuestros vehículos tengan posibilidad de cabotear en UK . Estamos emplazados por nuestras autoridades a comunicarles si esta cuestión es una “línea roja” que debe defenderse fuertement e - como van a hacer

3. Francia, Irlanda y Bélgica - o , por el contrario , podríamos tener como Estado miembro una posición más flexible en este aspecto, conservando así “energías” para otras facetas de la negociación. Por ello , le pedimos que nos dé su parecer c omo miembro de ASTIC basado en su realidad de transporte, respondiendo a estas cuestiones: • EN LAS RUTAS DE REGRESO DESDE UK ¿LAS OCASIONES EN QUE REALIZAMOS CABOTAJE SON SENSIBLEMENTE MÁS QUE AQUELLAS EN QUE NO SE HACE? • SI ELIMINAN LA POSIBILIDA D DE QUE MIS CAMIONES HAGAN CABOTAJE ¿ S E V E R Á O B L I G A DA MI EMPRESA A REPLANTEAR EL BALANCE ECONÓMICO DE ESOS VIAJES SUBIENDO EL PRECIO DEL VIAJE DE IDA PARA COMPENSAR LOS Km EN VACÍO? Puede responder (incluso con datos concretos de ejercicios anteriores, c omo por ejemplo el 2019) contestando directamente a este correo electrónico. Cuantas más respuestas tengamos y más claras sean mejor podremos orientar la labor negociadora de nuestros representantes en Bruselas. C/ Príncipe de Vergara, 74, 3 planta - 28006 MADRID Tlf.: 91 451 48 01 / 07 – Fax: 91 395 28 23 E - mail: [email protected] Nota: Prohibida la edición, distribución y puesta en red, total o parcial, de esta información si n la autorización de A ST I C

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