N.I. 117.18. Frontera entre Bielorrusia y Rusia

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1. Nº 1 1 7 .1 8 Madrid, 1 7 de diciembre de 201 8 F R O NTERA ENTRE B I ELORRUSIA Y RUSIA

2. Nº 1 1 7 .1 8 Madrid, 1 7 de diciembre de 201 8 F R O NTERA ENTRE B I ELORRUSIA Y RUSIA La IRU nos comunica que Bielorrusia y Rusia han finalizado el proyecto de acuerdo sobre el reconocimiento mutuo de visa dos . Se espera que una vez finalizados todos los procedimientos necesarios, este documento se firme en breve. E ste acuerdo debería resolver el problema del tránsito de nacionales de terceros países con un visa do rus o o bielorrus o que viaja a través de los territorios de Bielorrusia y Rusia. Esto significa que un ciudadano extranjero con un visa do rus o válid o podrá cruzar la frontera BY - RU y entrar libremente a Rusia desde el territorio de Bielorrusia por ferrocarril, avión y carretera a lo largo de las rutas que se especifica rán en una lista. Además, un extranjero con visa do bielorrus o podrá ingresar y perm anecer en el territorio de Rusia siempre que el visa do sea válid o (y viceversa). Funcionará como un mini - Schengen pero sin la unificación de las reglas de visa do . Con este nuevo acuerdo, un extranjero que se hospeda en los dos países ya no necesitará obtener d os visa do s: para los nacionales de países con un régimen de visa do de entrada, un visa do será suficiente. Sin embargo, los ciudadanos que ingresen a Bielorrusia sin visa do (viajar sin visa do a Bielorrusia a través del Aeropuerto Nacional de Minsk por hasta 30 días) requerirán un visa do rus o si desean continuar su viaje y permanecer en el territorio de Rusia. Bielorrusia y Rusia hicieron posible estos desarrollos a través de una integración más profunda de los llamados recursos de información.

3. Las autoridades competen tes intercambiarán información sobre los cruces fronterizos, visa do s emitid o s / cancelad o s y los permisos de residencia temporales o permanentes. C ontinuar emos observando de cerca esta situación y, una vez que se firme el Acuerdo, volver emos con más detalles. Le informaremos la fecha en que el documento entrará en vigor. C/ Príncipe de Vergara, 74, 3 planta - 28006 MADRID Tlf.: 91 451 48 01 / 07 – Fax: 91 395 28 23 E - mail: [email protected] Nota: Prohibida la edición, distribución y puesta en red, total o parcial, de esta información si n la autorización de A ST I C

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