N.I. 130.22. Contratación en origen y migración circular

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1. Nº 1 30 . 2 2 Madrid, 2 9 de diciembre de 20 2 2 C ON TRATACIÓN EN ORIGEN Y MIGRACIÓN CIRCULAR

3. Las solicitudes se deben presentar con una antelación mínima de 3 meses. La empresa participará en la selección de los candidatos en el exterior, en la medida de lo posible , de forma telemática. Para ocupaciones que requieran de una certifica ción de aptitud o una habilitación profesional , como es el caso de las de conductor de camiones y autocares, las autorizaciones circulares o para migración estable estarán supeditadas a la obtención de esa titulación. En esos supuestos , podrá concederse una autorización provisional de 6 meses para la formación, que no habilitará para trabajar, para obtener dicha certificación. En el caso de la migración circular , el periodo de 9 meses empezaría en el momento en que se obtuviera la cualificación. Para más inf ormación: https://www.boe.es/boe/dias/2022/12/29/pdfs/BOE - A - 2022 - 23056.pdf C/ Príncipe de Vergara, 74, 3 planta - 28006 MADRID Tlf.: 91 451 48 01 / 07 – Fax: 91 395 28 23 E - mail: [email protected] Nota: Prohibida la edición, distribución y puesta en red, total o parcial, de esta información si n la autorización de A ST I C

2. Nº 1 30 . 2 2 Madrid, 2 9 de diciembre de 20 2 2 C ON TRATACIÓN EN ORIGEN Y MIGRACIÓN CIRCUL AR Se ha publicado en el B oletín O ficial del E stado de hoy la Orden ISM/1302/2022, por la que se regula la gestión colectiva de contrataciones en origen para 2023, que contiene algunas novedades que pueden resultar interesante para las empresas de transporte por carretera, a menudo interesadas en suplir la escasez de conductores mediante la contratación en países terceros. La idea general es la adaptación de la contratación en origen a la reforma laboral, que ha sust ituido la mayoría de los contratos temporales por contratos fijos discontinuos. De forma paralela , se facilita la migración circular, en la que a los migrantes se les autoriza a trabajar y residir en España durante 4 periodos consecutivos de 9 meses cada a ño, con la obligación de retornar a su país de origen durante los tres meses restantes. Está pensada para trabajos estacionales o de temporada , o de prestación intermitente con periodos de ejecución ciertos. Tanto las ofertas de migración circular como las de migración estable se pueden realizar de forma genérica como nominativa y pueden ser ordinarias , cuando las presenta directamente la empresa ; o unificadas, cuando las presenta una organización empresarial, como podría ser ASTIC, acumulando las soli citudes de varias empresas afiliadas. Las ofertas deben referirse a un mínimo de 10 trabajadores. Las empresas deben, entre otras cosas, asumir los costes del viaje, al menos el de ida , y proporcionar un alejamiento adecuado, en las condiciones especificada s en la orden.

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