1. Nº 2 1 . 2 6 Madrid, 23 de marzo de 20 2 6 R DL 7/2026 PLAN INTEGRAL RESPUESTA CRISIS ORIENTE MEDIO
7. sostenible al trabajo en centros con más de 200 personas trabajadoras o 100 por turno, reduciendo el plazo de 24 a 12 meses. Además, si la empresa está obligada y recibe ayudas directas, el incumplimiento puede implicar el reintegro de las ayudas. Enlace a la Ley 9/2025 (BOE) – Art. 26 “Planes de movilidad sostenible al trabajo”: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE - A - 2025 - 24545 C/ Príncipe de Vergara, 74, 3 planta - 28006 MADRID Tlf .: 91 451 48 01 / 07 – Fax: 91 395 28 23 E - mail: [email protected] Nota: Prohibida la edición, distribución y puesta en red, total o parcial, de esta información si n la autorización de A ST I C
6. combustible, hasta 2.000 millones de euros, dirigida a autónomos y pymes. • Solo se puede solicitar hasta 30/06/2026, y cada reaval dura máximo tres meses. • Recomendación: quien opere con varias sociedades o filiales debe verificar si alguna cumple condición de pyme en términos UE. (empresas que ocupan a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones de euros o su balance general anual no excede de 43 millones de euros. La Definición de pyme está recogida en el Anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión .) 5. Condiciones para no verse en riesgo de no contar con ayudas o tener que devolverlas: despidos y planes de movilidad . a. Prohibición de despidos “derivados de la situación” (hasta 30/06/2026) Las empresas beneficiarias de ayudas directas del RDL no pueden despedir por fuerza mayor ni por causas ETOP (Económicas, Técnicas, Organizativas o de Producción) derivadas de la situación hasta el 30/06/2026. El incumplimiento conlleva reintegro de la ayuda y calificación del despido como nulo. Recomendación: si se prevén ajustes de plantilla, debe analizarse caso a caso con asesoría laboral antes de ejecutar decisiones, por el riesgo de reintegro y nulidad. La principal dificultad es si las causas económicas , técnicas, operativas o de producción que motivan el despido están directamente relacionadas con la crisis en O riente M edio y el consiguiente encarecimiento del combustible o no. Para determinarlo es esencial lo incluido en la notificación del despido. b. Planes de movilidad sostenible al trabajo (obligación adelantada) + riesgo de reintegro El RDL adelanta el plazo de la Ley de Movilidad Sostenible: obliga a disponer de un Plan de movilidad
4. inscripción en el Censo de beneficiarios de gasóleo profesional. • Si pasan seis meses desde el mes de consumo sin pago, opera la desestimación presunta , lo que abre la posibilidad de recur rir . Por lo tanto , es aconsejable confirmar que todos los vehículos elegibles están correctamente dados de alta en el censo (y la cuenta bancaria actualizada), y , por supuesto , si se reposta en estación de servicio, pagar con tarjeta de gasóleo profesional (sin excepciones) y si hay depósitos propios , revisar con el responsable fiscal/contable que se cumplen los registros, controles y obligaciones del consumo propio conforme a la Orden HFP/941/2022. P ara más detalle , consultar la web de la AEAT aquí → https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/impuestos - tasas/ii_ee - gasoleo - profesional.html ) d. ¿Se aplican los límites para las ayudas “de mínimis”? Conforme a lo aplicado en ayudas idénticas previstas en el año 2022 para la guerra de Ucrania , los límites de las ayudas de Estado, que se incrementaron por encima de 2.000.000 €, se aplicaban, por lo que parece razonable que también en este caso se apliquen, a la espera de que la UE los incremente también para este caso. Sin embargo, el hecho de que se excluya expresamente la aplicación de la ley de Subvenciones y que, a diferencia de las ayudas directas que se aplican a los vehículos no beneficiarios del gasóleo profesional, no se prevea la inclusión de esta ayuda en la base de datos nacional de subvenciones, nos permite mantener la esperanza de que , al menos hasta que no se resuelva el asunto a nivel europeo, no se aplique el mencionado límite. e. ¿Se tienen en cuenta estas ayudas en la fórmula de repercusión automática de las variaciones en el precio del gasóleo? La ayuda de 0,20 €/l no debe incorporarse al cálculo de la fórmula de indexación del precio del transporte por variación del gasóleo (criterio ya establecido en 2022/23). Mantener esta distinción es esencial para no “autodescontar” en tarifas una ayuda que tiene naturaleza extraordinaria y que, en la mayoría de los casos, ya teníamos antes
2. Nº 2 1 . 2 6 Madrid, 23 de marzo de 20 2 6 R DL 7/2026 PLAN INTEGRAL RESPUESTA CRISIS ORIENTE MEDIO Tal como hemos venido informando a lo largo del fin de semana, el sábado 21 de marzo se public ó en el B oletín O ficial del E stado el R eal D ecreto - L ey 7/2026, por el que se aprueba el Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio . E s conocido que la principal crítica planteada por el sector es el no incremento al 40% de la variable para la repercusión de las variaciones en el precio del gasóleo. Las medidas aprobadas son las siguientes: 1. Medidas fiscales sobre carburantes . a. Rebaja del Impuesto Especial sobre Hidrocarburos (IEH) hasta el mínimo europeo El RDL reduce temporalmente los tipos del IEH (gasolinas y gasóleos, entre otros) hasta el mínimo permitido por la normativa europea. Esto implica que, durante su vigencia, parte del impuesto que antes se pagaba por litro se deja de pagar directamente en el precio (en surtidor o en factura, según el suministro). b. Por eso la devolución del “gasóleo profesional” pasa temporalmente a 0 € Las empresas de transporte pesado están acostumbradas a recibir mensualmente la devolución del gasóleo profesional (art. 52 bis). El RDL fija ese “tipo de devolución” en cero euros hasta el 30/06/2026. La explicación es simple: si el IEH ya se ha rebajado en origen hasta el mínimo comunitario, deja de existir el “exceso” sobre el mínimo UE que era lo que se devolvía. Importante: esto no elimina el régimen de gasóleo profesional; solo hace que, durante este periodo, la
3. devolución fiscal sea 0 porque el impuesto se ha rebajado previamente en el precio. c. IVA del 21% al 10% (hasta 30/06/2026) Se aplica el tipo reducido del 10% de IVA a gasolinas, gasóleos y biocarburantes (y otros energéticos). Para la mayoría de empresas en régimen general, el IVA tiene un efecto principalmente de tesorería (neutralidad/deducción), aunque reduce el importe adelantado. Nota: el propio RDL incluye una condición técnica por IPC que podría hacer que la rebaja fiscal deje de aplicarse en junio; ASTIC informará si se activa esa “cláusula”. 2. Ayuda de 0,20 €/litro para las empresas de transporte pesado que esté n incluid as en el régimen del gasóleo profesional) a. ¿ A quién aplica ? Para flotas de transporte pesado (mercancías por carretera con MMA ≥ 7,5 t), la ayuda relevante es la del art. 55, vinculada al circuito del gasóleo profesional: 0,20 €/l por el gasóleo consumido. b. ¿ Q ué periodo cubre ? Solo los suministros realizados desde la entrada en vigor del RDL el 22/03/2026 hasta el 30/06/2026 (sin retroactividad). c. ¿ Cómo se “solicita” y cómo se cobra ? • Se utilizan los cauces para la devolución del gasóleo profesional . En repostajes en estaciones de servicio, el RDL exige pagar con tarjeta de gasóleo profesional, y el uso de esa tarjeta equivale a la solicitud de la ayuda. • Depósitos en base (consumo propio) : si el suministro se hace en instalaciones de consumo propio, la ayuda exige cumplir con las obligaciones de gestión y registro previstas para el gasóleo profesional ( Orden HFP/941/2022 ). • Pago mensual : al final de cada mes natural, la Administración competente (AEAT o forales) calcula el importe y acuerda el pago. • Transferencia bancaria : el pago se realiza por transferencia a la cuenta indicada en la
5. “concedida” en un 25%, los famosos 4,9 céntimos del gasóleo profesional. 3. Ayudas directas por vehículos no beneficiarios del gasóleo profesional. Para los vehículos que no son beneficiarios del gasóleo profesional, por utilizar gas (GNL, GNP o GNC ), ser de menos de 7,5 t o estar domiciliados en Canarias , Ceuta o Melilla , se han aprobado las siguientes ayudas directas: Las ayudas se deberán solicitar a través de una web que será preparada y el plazo irá del 1 de mayo al 30 de junio. 4. Línea de avales ICO para tarjetas de combustible (si aplicase a vuestra sociedad) . E l RDL crea una línea de avales por cuenta del Estado (vía ICO) para avales bancarios vinculados a tarjetas de crédito de Vehículo Importe – (euros) Mercancías pesado. Camión. MDPE con MMA > 7,5 t y tipo de carburante GLP, GNC o GNL. 1 . 800 Mercancías pesado. MDPE con MMA > 7,5 t, tipo de combustible gasóleo y domiciliado en Canarias, Ceuta o Melilla. 1 . 800 Mercancías pesado. Camión. MDPE con MMA < 7,5 t 665 Mercancías ligero. Furgoneta. MDLE. 300 Ambulancia VSE. 300 Taxis. VT. con tipo de combustible GLP, GNC o GNL. 200 Taxis. VT con tipo de combustible gasolina. VT con tipo de combustible gasóleo y domiciliado en Canarias o taxis domiciliados en Ceuta o Melilla o sin aparato taxímetro. 200 Vehículo alquiler con conductor. VTC. 200 Autobús. VDE y tipo de carburante GLP, GNC o GNL. 975 Autobús. VDE y tipo de combustible gasóleo y domiciliado en Canarias, Ceuta o Melilla. 1 . 000 Autobús urbano conforme a la clasificación por criterios de utilización del Reglamento General de Vehículos y tipo de combustible GLP, GNC o GNL. 975 Autobús urbano conforme a la clasificación por criterios de utilización del Reglamento General de Vehículos, tipo de combustible gasóleo y domiciliado en Canarias, Ceuta o Melilla. 1 . 000