N.I. 48.18. Importante votación en el Parlamento Europeo

Notas Informativas

Share on Social Networks

Compartir enlace

Usar vinculo permanente para compartir en redes sociales

Share with a friend

Por favor iniciar sesión para enviar esto document por correo!

Incrustar en tu sitio web

Select page to start with

Post comment with email address (confirmation of email is required in order to publish comment on website) or please iniciar sesión to post comment

1. Nº 4 8 .1 8 Madrid, 5 de junio de 201 8 IM P ORTANTE VOTACIÓN E N EL PARLAMENTO EUROPEO

2. Nº 4 8 .1 8 Madrid, 5 de junio de 201 8 IM P ORTANTE VOTACIÓN EN EL PARLAMENTO EUROPEO De acuerdo a la información que hemos recibido de Bruselas, l a Comisión TRAN del Parlamento Europeo, estableció ayer el mandato de entablar negociaciones con el Consejo y la Comisión Europea sobre la revisión del Reglamen to (CE) nº 561/2006 sobre tiempos de conducción y descanso y la Directiva 2006/22/ CE para el desplazamiento de conductores en el sector del transporte por carretera. En julio, el Plenario del PE solo votará para confirmar o rechazar este mandato . Si se confirma el mandato, el Plenario no examinará el contenido de las propuestas que quedarán a expensas de la citada negociación. Reglamento (CE) n ° 561/2006 sobre las normas de tiempo de conducción y descanso  Los conductores solo podrán combina r su compensación con un descanso semanal regular, no con un descanso diario o un descanso semanal reducido;  Obligación para los conductores de mantener hojas de registro para el día actual y las utilizadas por el conductor en los 56 días anteriores (act ualmente 28 días);  Posibilidad de dividir el descanso de 45 minutos en períodos flexibles de , al menos , 15 minutos , sin restricciones adicionales;  Derogaciones específicas para viajeros en trayecto turístico: o D erogación de 12 días, con la posibilidad de usarlo a nivel nacional ; o Los conductores de turismo s se beneficiarán, dos veces por semana, de un tiempo de servicio prolongado de una hora ;

3. o P osibilidad de fraccionar el período de descanso diario en períodos de 1 hora, 2 horas y 9 horas . Directiva 2006/22/ CE para el desplazamiento (laboral) de conductores en el sector del transporte por carretera  Transporte internacional y tránsito quedan exentos de las reglas de desplazamiento;  Solo el cabotaje estará sujeto a dichas normas (Nota: queda por aclarar si las "excursiones locales" deben considerarse cabotaje o parte de una operación internacional, en el marco del actual Reglamento (CE) nº 1073/2009 y su futura revisión) ;  Declaraciones electrónicas de desplazamiento a través del Sistema de Información del Mercado Interior (IMI) en una lengua oficial de la UE, no necesariamente el idiom a del Estado miembro de acogida;  Conductor deberá tener una copia de dicha declaración a bordo ;  La declaración de desplazamiento será estandarizada en toda la UE y se desar rollará su formato mediante instrucciones de ejecución de la C E;  Período transitorio de 2 años después de la e ntrada en vigor de la Directiva;  El sector del transporte quedará excluido de la aplicación de la Directiva general de desplazamiento de trabajadores hasta que la lex specialis para dicho sector entre en vigor. Quedamos ahora a la espera de los resultados de la reunión del C E del día 7 de j unio, a la que ya no asistirán los representantes del Ejecutivo español que , hasta ahor a , lo hacían debido obviamente al cambio de Gobierno acaecido en nuestro país. C/ Príncipe de Vergara, 74, 3 planta - 28006 MADRID Tlf.: 91 451 48 01 / 07 – Fax: 91 395 28 23 E - mail: [email protected] Nota: Prohibida la edición, distribución y puesta en red, total o parcial, de esta información si n la autorización de A ST I C

Vistas

  • 1399 Vistas totales
  • 1228 Vistas del sitio web
  • 171 Vistas incrustadas

Acciones

  • 0 Acciones Sociales
  • 0 Me gusta
  • 0 No me gusta
  • 0 Comentarios

Share count

  • 0 Facebook
  • 0 Twitter
  • 0 LinkedIn
  • 0 Google+

Incrusta 6

  • 6 beta.astic.net
  • 7 astic.net
  • 5 web.astic.net
  • 3 52.49.10.90
  • 3 ftp.astic.net
  • 1 52.49.10.90:8069