N.I. 6.25 Prórroga ICS2

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1. Nº 6 . 2 5 Madrid, 2 4 de e nero de 20 2 5 P R Ó R R OGA ICS2

3. • Papel del operador económico en ICS2 , por ejemplo , t ransportista por carretera. • Fecha solicitada: de fecha a fecha. • Fecha provisional en la que el operador económico tiene previsto remitir la información. Con anterioridad a la fecha anunciada se deberá verificar que los sistemas son compatibles mediante un sistema de autocomprobación. Puede consultar las instrucciones para la solicitud de aplazamiento y una presentación de la AEAT, que alterna el español con el inglés pinchando en los siguientes enlaces: Instrucciones Presentación También pueden consultarse los siguientes enlaces: Folleto de la AEAT Follleto de la UE, en español C/ Príncipe de Vergara, 74, 3 planta - 28006 MADRID Tlf.: 91 451 48 01 / 07 – Fax: 91 395 28 23 E - mail: [email protected] Nota: Prohibida la edición, distribución y puesta en red, total o parcial, de esta información si n la autorización de A ST I C

2. Nº 6 . 2 5 Madrid, 2 4 de e nero de 20 2 5 P R Ó R R OGA ICS2 El ICS (Import Control System) es un sistema de la U nión E uropea para conseguir notificaciones previas de las mercancías importadas en la UE, denominadas declaraciones ENS ( E ntry S ummary), para aplicar un sistema de control de riesgos y concentrar las comprobaciones en aquellas con un riesgo mayor. El ICS2 es una mejora del sistema que permite que las declaraciones ENS aporten una mayor información y puedan hacerse de forma parcial, exigiendo también un software específico para que pueda integrarse en la web de la UE. Las declaraciones ENS pueden realizarlas tanto los transportistas como los importadores, consignatarios, cualquiera que actúe por su cuenta o, en general , cualquiera que pueda presentar o disponer las mercancías en aduana. En general, parece recomendable que estas declaraciones no las presente el transportista para evitar responsabilidades, pero sí es útil que verifique que se han presentado (debería recibir un aviso del sistema) para evitar problemas en frontera. El ICS2 tiene una fecha distinta de aplicación para cada medio de transporte. Para el transporte por carretera y ferroviario, incluyendo el combinado marítimo , la fecha de in i cio de aplicación es el 1 de abril de 2025. Existe la posibilidad de aplazar esta fecha hasta el 1 de septiembre, pero el transportista deberá solicitarlo antes del 1 de abril mediante un correo electrónico a la dirección [email protected] aportando la siguiente información: • Nombre del operador y número EORI.

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