N.I. 65.22. Edad media de la flota

Notas Informativas

Share on Social Networks

Compartir enlace

Usar vinculo permanente para compartir en redes sociales

Share with a friend

Por favor iniciar sesión para enviar esto document por correo!

Incrustar en tu sitio web

Select page to start with

Post comment with email address (confirmation of email is required in order to publish comment on website) or please iniciar sesión to post comment

1. Nº 6 5 . 2 2 Madrid, 6 de abril de 20 2 2 E D A D MEDIA FLOTA

2. Nº 6 5 . 2 2 Madrid, 6 de abril de 20 2 2 E D A D MEDIA FLOTA El BOE de hoy publica el Real Decreto 242/2022, por el que se modifica el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, conocido como ROTT y el R eal D ecreto 284/2021 , por el que se regula la formación inicial y la formación continua de conductores de determinados medios de transporte. El punto más importante es el que suprime la exigencia de reducción de la edad media de la flota en caso de substitución de v ehículos o de adscripción de un nuevo vehículo, lo que constituye la consecución de una reivindicación defendida insistentemente por ASTIC. 1 - Supresión del requisito de antigüedad media de la flota. Se suprime el requisito de que, en caso de incorporación de un nuevo vehículo o la sustitución de alguno de los que estaban adscritos, la edad media posterior a la ampliación o sustitución no supere a la anterior. Esta medida entrará en vigor el día siguiente a la publicación en el BOE, es decir , el 7 de abril. El requisito de reducción de la edad media de la flota constituía una discriminación en contra de las empresas existentes con respecto a los nuevos transportistas, que ya no están obligados a adscribir a la autorización vehículos nuevos. Tanto más grave e ra la discriminación cuanto menor era la edad media de la flota, lo que suponía un desincentivo importante para la renovación de los vehículos.

3. 2 - Exención de autorización de los vehículos de menos de 2,5T con combustibles alternativos. El límite máximo par a que un vehículo de transporte de mercancías no requiera autorización pasa de 2 T a 2,5 T de M asa M áxima A utorizada en caso de que utilicen como fuente de energía combustibles alternativos, con la condición de que su capacidad de carga no supere la de los vehículos de 2 T. 3 - Formación de conductores. Se modifican el número de preguntas, la valoración de los casos prácticos y la composición de los tribunales. También se habilita a la ministra para determinar cuántos puntos se descontarán por cada respuesta errónea en las pregun tas tipo test. Para el texto completo: https://www.boe.es/boe/dias/2022/04/06/pdfs/BOE - A - 2022 - 5520.pdf C/ Príncipe de Vergara, 74, 3 planta - 28006 MADRID Tlf.: 91 451 48 01 / 07 – Fax: 91 395 28 23 E - mail: [email protected] Nota: Prohibida la edición, distribución y puesta en red, total o parcial, de esta información si n la autorización de A ST I C

Vistas

  • 1126 Vistas totales
  • 1002 Vistas del sitio web
  • 124 Vistas incrustadas

Acciones

  • 0 Acciones Sociales
  • 0 Me gusta
  • 0 No me gusta
  • 0 Comentarios

Share count

  • 0 Facebook
  • 0 Twitter
  • 0 LinkedIn
  • 0 Google+

Incrusta 5

  • 5 astic.net
  • 6 52.49.10.90
  • 2 beta.astic.net
  • 2 web.astic.net
  • 1 ftp.astic.net