N.I. 66.20 Servicios esenciales a determinados alojamientos turísticos

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9. CCAA Provincia Ciudad Nombre establecimiento Andalucía. Málaga. Marbella. BuleBay Banus. Andalucía. Málaga. Mijas. La Cala Resort. Andalucía. Málaga. Nerja. Marina Turquesa. Andalucía. Málaga. Nerja. MB Boutique. Andalucía. Sevilla. Sevilla. Apartur Aljarafe. Andalucía. Sevilla. Sevilla. Hotel Bellavista Sevilla. Andalucía. Sevilla. Sevilla. NH Viapol. Aragón. Huesca. Huesca. Aparthotel Huesca. Aragón. Huesca. Huesca. Hostal Rugaca. Aragón. Huesca. Jaca. Hotel A Boira. Aragón. Huesca. Tramacastilla de Tena. Hotel el Privilegio de Tena. Aragón. Teruel. Alcañiz. Aparthotel Meseguer. Aragón. Teruel. Alcañiz. Camping La Estanca. Aragón. Teruel. Alcañiz. Hotel Guadalope. Aragón. Teruel. Andorra. Hotel Santa Bárbara. Aragón. Teruel. Berge. Casa Rural Torre Piquer. Aragón. Teruel. Rubielos de Mora. Hotel Montaña Rubielos. Aragón. Teruel. Teruel. Hotel Isabel de Segura. Aragón. Teruel. Teruel. Hotel Mudayyan. Aragón. Teruel. Teruel. Hotel Reina Cristina. Aragón. Teruel. Teruel. Hotel Teruel Plaza. Aragón. Zaragoza. Cariñena. Hotel del Vino. Aragón. Zaragoza. Ejea de los Caballeros. Hotel Salvevir. Aragón. Zaragoza. Épila. Hotel Carrasco. Aragón. Zaragoza. Quinto de Ebro. Pensión Quinto. Aragón. Zaragoza. Zaragoza. Albergue de Zaragoza. Aragón. Zaragoza. Zaragoza. Apartamentos Augusta. Aragón. Zaragoza. Zaragoza. Aparthotel Los Girasoles. Aragón. Zaragoza. Zaragoza. Hotel Gran Vía. Aragón. Zaragoza. Zaragoza. Hotel NH Ciudad de Zaragoza. Aragón. Zaragoza. Zaragoza. Hotel Paris Centro. Aragón. Zaragoza. Zaragoza. Hotel Villa Gomá. Aragón. Zaragoza. Casetas. Hostal San Miguel. Aragón. Zaragoza. Quinto de Ebro. Pensión Quinto. Asturias. Asturias. Avilés. Hotel Entrepalacios. Asturias. Asturias. Gijón. Hotel Los Campones. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 82 Miércoles 25 de marzo de 2020 Sec. I. Pág. 26838 cve: BOE-A-2020-4027 Verificable en https://www.boe.es

10. CCAA Provincia Ciudad Nombre establecimiento Asturias. Asturias. Gijón. Hotel Jovellanos. Asturias. Asturias. Gijón. Hotel San Esteban. Asturias. Asturias. Lugones. Pensión Mencía. Asturias. Asturias. Oviedo. Alquiler Asturias Home. Asturias. Asturias. Oviedo. Hotel Exe Oviedo Centro. Asturias. Asturias. Santa Marina del Mar. Apartamentos Marina. Canarias. El Hierro. Valverde. Aptos. Boomerang. Canarias. Fuerteventu ra. Antigua. Apartamentos Caleta Dorada. Canarias. Fuerteventu ra. Puerto del Rosario. Hostal Tamasite. Canarias. Fuerteventu ra. Bungalows Fuertesol. Canarias. La Gomera. Hermigua. Aptos. Los Telares. Canarias. Lanzarote. Costa Teguise. Apartamentos El Guarapo. Canarias. Lanzarote. Teguise. Bungalows Playa Famara. Canarias. Las Palmas. Las Palmas de Gran Canaria. Hotel Cordial Vista Acuario. Canarias. Las Palmas. Tauro (Mogán). Anfi Emerald Club. Canarias. Tenerife. Arona. Aparthotel Marisol. Canarias. Tenerife. Costa Adeje. Aparthotel Lagos de Fañabe. Canarias. Tenerife. Costa Adeje. Aparthotel Los Olivos. Canarias. Tenerife. Costa Adeje. Aparthotel Santa María. Canarias. Tenerife. Santa Cruz de Tenerife. Apartamentos Brujas. Cantabria. Santander. Hoznayo. Los Pasiegos. Cantabria. Santander. Noja. Apartamentos Pineda. Cantabria. Santander. Piélagos. Bahía de Boo. Cantabria. Santander. Ruente. Posada Casona de Ucieda. Cantabria. Santander. Santander. Estudios Aránzazu. Cantabria. Santander. Soto de la Marina. Apartamentos Costa Quebrada. Cantabria. Santander. Torrelavega. Hotel Isla de Cuba. Cantabria. Santander. Torrelavega. Hotel Marqués de Santillana. Cantabria. Santander. Torrelavega. Hotel Regio. Cantabria. Santander. Torrelavega. Pensión La principal. Castilla La Mancha. Albacete. Albacete. Hostal restaurante Las Perdices. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 82 Miércoles 25 de marzo de 2020 Sec. I. Pág. 26839 cve: BOE-A-2020-4027 Verificable en https://www.boe.es

11. CCAA Provincia Ciudad Nombre establecimiento Castilla La Mancha. Albacete. Albacete. Hotel Universidad. Castilla La Mancha. Albacete. Villarrobledo. Bodegas y viñedos el castillo Villarrobledo. Castilla La Mancha. Ciudad Real. Alcázar de San Juan. Hotel El Molino. Castilla La Mancha. Ciudad Real. Alcázar de San Juan. Hotel Hidalgo Quijada. Castilla La Mancha. Ciudad Real. Alcázar de San Juan. Hotel Intur. Castilla La Mancha. Ciudad Real. Argamasilla de Calatrava. Complejo hotelero Escuderos. Castilla La Mancha. Ciudad Real. Carrión de Calatrava. Hotel Restaurante Casa Pepe. Castilla La Mancha. Ciudad Real. Ciudad Real. Casa Rural Las Melias. Castilla La Mancha. Ciudad Real. Ciudad Real. Hotel NH Ciudad Real. Castilla La Mancha. Ciudad Real. Ciudad Real. Hotel Parque Real. Castilla La Mancha. Ciudad Real. Puertollano. Hotel Cabañas. Castilla La Mancha. Ciudad Real. Tomelloso. Hotel Núñez. Castilla La Mancha. Ciudad Real. Valdepeñas. Hotel Entreviñas. Castilla La Mancha. Cuenca. Cuenca. Hotel NH Ciudad de Cuenca. Castilla La Mancha. Guadalajara . Cabanillas del Campo. Hotel Torcal. Castilla La Mancha. Guadalajara . Guadalajara. Hotel Iris Guadalajara. Castilla La Mancha. Ciudad Real. Alcázar de San Juan. Apartamentos Los Angeles. Castilla La Mancha. Ciudad Real. Alcázar de San Juan. Hostal Welcome2Alcazar. Castilla La Mancha. Ciudad Real. Alcázar de San Juan. Hotel Ínsula Barataria. Castilla La Mancha. Ciudad Real. Ciudad Real. Hostal La Frasca*. Castilla La Mancha. Ciudad Real. Tomelloso. Hostal de Violeta. Castilla La Mancha. Toledo. Illescas. Hotel Real. Castilla La Mancha. Toledo. Toledo. Hotel Los Cigarrales. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 82 Miércoles 25 de marzo de 2020 Sec. I. Pág. 26840 cve: BOE-A-2020-4027 Verificable en https://www.boe.es

12. CCAA Provincia Ciudad Nombre establecimiento Castilla-La Mancha. Toledo. Toledo. Toledo Alojamientos Turísticos. Castilla-La Mancha. Toledo. Toledo. Puerta del Vado. Castilla-La Mancha. Toledo. Toledo. Vivienda Nuncio Viejo. Castilla-La Mancha. Toledo. Toledo. Apartamento: Calle Cadenas 2, 1.º D. Castilla-La Mancha. Toledo. Toledo. Apartamento: Calle Cadenas 2, 1.º A. Castilla-La Mancha. Toledo. Toledo. El Secreto del Ángel. Castilla-La Mancha. Toledo. Toledo. The Cave of Toledo. Castilla-La Mancha. Toledo. Toledo. El Aljibe de San Cipriano. Castilla-La Mancha. Toledo. Toledo. Apartamento El Patio de mi Casa: Plaza Montalbanes 1, 2.º. Castilla-La Mancha. Toledo. Toledo. Apartamento El Patio de mi Casa: Plaza Montalbanes 1, 2.º. Castilla-La Mancha. Toledo. Toledo. Apartamento El Patio de mi Casa: C/Sillería 5, 2A. Castilla-La Mancha. Toledo. Toledo. Apartamento El Patio de mi Casa: C/Sillería 5, 2b. Castilla-La Mancha. Toledo. Toledo. Apartamento El Patio de mi Casa:C/Sillería 5, 2c. Castilla-La Mancha. Toledo. Toledo. Apartamento El Patio de mi Casa: C/Sillería 5, 3A. Castilla-La Mancha. Toledo. Toledo. Apartamento El Patio de mi Casa: C/Sillería 5, 3B. Castilla-La Mancha. Toledo. Toledo. Cristo de la Luz. Castilla-La Mancha. Toledo. Toledo. Lovely Apartment Zocodover Wifi A/A 4 Pax. Castilla-La Mancha. Toledo. Toledo. 613 de la Granada A: Calle Granada 9, 2.º A. Castilla-La Mancha. Toledo. Toledo. 613 de la Granada B: Calle Granada 9, 2.º B. Castilla-La Mancha. Toledo. Toledo. 613 de la Granada C: Calle Granada 9, 2.º C. Castilla-La Mancha. Toledo. Toledo. Deluxe. Castilla-La Mancha. Toledo. Toledo. El Arcc. Castilla-La Mancha. Toledo. Toledo. El Monasterio. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 82 Miércoles 25 de marzo de 2020 Sec. I. Pág. 26841 cve: BOE-A-2020-4027 Verificable en https://www.boe.es

14. CCAA Provincia Ciudad Nombre establecimiento Castilla y León. Segovia. Segovia. Hostería Natura. Castilla y León. Segovia. Segovia. Hotel Cándido. Castilla y León. Segovia. Segovia. Hotel Los Arcos. Castilla y León. Segovia. Torrecaballeros. Hotel el Rancho. Castilla y León. Segovia. Valverde del Majano. Hotel Rest La Trebede. Castilla y León. Soria. Arcos de Jalón. Hotel Arcojalón. Castilla y León. Soria. Ólvega. Hostal Los Infantes-Olvega. Castilla y León. Soria. Soria. Hostal Alvi. Castilla y León. Soria. Soria. Hostal R. Alda Rio Duero. Castilla y León. Soria. Soria. Hotel Alda Ciudad de Soria. Castilla y León. Soria. Soria. Hotel Campos de Castilla. Castilla y León. Soria. Valdeavellano de Tera. Casa Rural Arrabal de Valdeavellano. Castilla y León. Valladolid. Medina del Campo. Hotel Balneario Palacio de las Salinas. Castilla y León. Valladolid. Valladolid. Hostal Astorga. Castilla y León. Valladolid. Valladolid. Hostal de la Torre. Castilla y León. Valladolid. Valladolid. Hostal Lima. Castilla y León. Valladolid. Valladolid. Hotel El Coloquio de los Perros. Castilla y León. Valladolid. Valladolid. Hotel Nexus Valladolid Suites. Castilla y León. Valladolid. Valladolid. Hotel Olid. Castilla y León. Valladolid. Valladolid. Hotel Río Ortega. Castilla y León. Valladolid. Valladolid. Hotel San Cristóbal. Castilla y León. Zamora. Benavente. Hotel Villa de Benavente. Castilla y León. Zamora. Castro de Sanabria. Hotel Meleiros. Castilla y León. Zamora. Zamora. Hotel Ac Zamora. Castilla y León. Zamora. Zamora. Hotel Rey Don Sancho. Cataluña. Barcelona. Barcelona. Atenea Barcelona Aparthotel. Cataluña. Barcelona. Barcelona. BAH Barcelona Airport Hotel. Cataluña. Barcelona. Barcelona. Catalonia Atenas. Cataluña. Barcelona. Barcelona. Catalonia Barcelona plaza. Cataluña. Barcelona. Barcelona. Expo Hotel Barcelona. Cataluña. Barcelona. Barcelona. Frontair Congress Aeropuerto. Cataluña. Barcelona. Barcelona. Hotel Barcelona. Cataluña. Barcelona. Barcelona. Hotel Sallés Ciutat del Prat. Cataluña. Barcelona. Barcelona. ibis Budget Barcelona Aeropuerto Viladecans. Cataluña. Barcelona. Barcelona. NH Cornellà. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 82 Miércoles 25 de marzo de 2020 Sec. I. Pág. 26843 cve: BOE-A-2020-4027 Verificable en https://www.boe.es

15. CCAA Provincia Ciudad Nombre establecimiento Cataluña. Barcelona. Barcelona. NH Sant Boi. Cataluña. Barcelona. Barcelona. NH Sants. Cataluña. Barcelona. Barcelona. Novotel Barcelona Cornella. Cataluña. Barcelona. Castelldefels. Hotel Flora Parc. Cataluña. Girona. Figueras. El Travé. Cataluña. Girona. La Junquera. Hotel Nacional. Cataluña. Tarragona. Tortosa. Hotel Tortosa Parc. Ceuta. Ceuta. Ceuta. Ulises Hotel Ceuta. Ceuta. Ceuta. Ceuta. EA Hostal. Comunidad Valenciana. Alicante. Alicante. Alicante Hills. Comunidad Valenciana. Alicante. Alicante. Apartamentos El Plantío Golf Resort. Comunidad Valenciana. Alicante. Alicante. Hotel Goya Alicante. Comunidad Valenciana. Castellón. Castellón. Hotel del Golf Playa*. Comunidad Valenciana. Castellón. Castellón. Hotel Real de Castelló. Comunidad Valenciana. Valencia. Cullera. Hotel Imperial. Comunidad Valenciana. Valencia. Cullera. Hotel Imperial II. Comunidad Valenciana. Valencia. Valencia. NH Colón. Extremadura. Badajoz. Badajoz. Hotel Mercure Río Badajoz. Extremadura. Badajoz. Zafra. Hotel Huerta Honda (Trabajadores de Renfe Mercancía). Extremadura. Cáceres. Belvis de Monroy. Hotel Alonso de Monroy. Extremadura. Cáceres. Cáceres. Hotel Extremadura. Extremadura. Cáceres. Navalmoral de la Mata. El Moya. Extremadura. Cáceres. Navalmoral de la Mata. Hotel La Bamba. Extremadura. Cáceres. Plasencia. La Despensa de Extremadura. Galicia. A Coruña. A Coruña. Apartamentos Attica. Galicia. A Coruña. A Coruña. Apartamentos HC. Galicia. A Coruña. A Coruña. Hotel Santa Catalina. Galicia. A Coruña. Boiro. Hotel Jopi. Galicia. A Coruña. Boiro. MS de Escarabote. Galicia. A Coruña. Ferrol. Carrís. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 82 Miércoles 25 de marzo de 2020 Sec. I. Pág. 26844 cve: BOE-A-2020-4027 Verificable en https://www.boe.es

16. CCAA Provincia Ciudad Nombre establecimiento Galicia. A Coruña. Ferrol. Hotel Valencia. Galicia. A Coruña. Oleiros. Apartamentos Ática Las Galeras. Galicia. A Coruña. Orbes. Hotel Barreiro. Galicia. A Coruña. Orbes. Hotel Nogallas. Galicia. A Coruña. Portomarín. Pousada de Portomarín. Galicia. A Coruña. Santiago de Compostela. Apartamentos Cancelas Santiago. Galicia. A Coruña. Santiago de Compostela. Apartamentos Fogar natural. Galicia. A Coruña. Santiago de Compostela. Centro Superior de Hostelería de Galicia. Galicia. A Coruña. Santiago de Compostela. Complexo Monte do Gozo. Galicia. Lugo. Foz. Hotel Oca Playa Foz. Galicia. Lugo. Lugo. Apartamentos Catasol. Galicia. Lugo. Lugo. Apartamentos Ciudad de Lugo. Galicia. Lugo. Lugo. Gran Hotel de Lugo. Galicia. Lugo. Lugo. Hotel Darío. Galicia. Lugo. Viveiro. Apartamentos Duerming Sea View. Galicia. Ourense. Manzaneda. Albergue. Galicia. Ourense. Muiños. Camping de Muiños. Galicia. Ourense. Ourense. Hotel Carrís. Galicia. Ourense. Ourense. Hotel Miravalle. Galicia. Ourense. Verín. Hostal San Roque. Galicia. Ourense. Xinzo de Limia. Hotel Orly Limia. Galicia. Pontevedra. Poio. Solmar. Galicia. Pontevedra. Pontevedra. Casas á Beira. Galicia. Pontevedra. Sanxenxo. Apartamentos 3.000. Galicia. Pontevedra. Sanxenxo. Coral Do dar II. Galicia. Pontevedra. Sanxenxo. Lanceata. Galicia. Pontevedra. Sanxenxo. Paradellas. Galicia. Pontevedra. Vigo. Bahía de Vigo. Galicia. Pontevedra. Vigo. Hotel del Mar. Galicia. Pontevedra. Vigo. Hotel Nagari. Galicia. Pontevedra. Vigo. VUT en García Barbón. Islas Baleares. Formentera. Formentera. Hotel Illes Pitüses. Islas Baleares. Ibiza. Ibiza. Apartamentos Duquesa Playa. Islas Baleares. Ibiza. Playa d'en Bossa. Apartamentos Bonsol. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 82 Miércoles 25 de marzo de 2020 Sec. I. Pág. 26845 cve: BOE-A-2020-4027 Verificable en https://www.boe.es

17. CCAA Provincia Ciudad Nombre establecimiento Islas Baleares. Ibiza. Sant Antonio de Portmany. Apartamentos San Francisco. Islas Baleares. Ibiza. Sant Antonio de Portmany. Apartamentos Venus. Islas Baleares. Mallorca- Palma. Palma de Mallorca. Catalonia Majorica. Islas Baleares. Mallorca- Palma. Palma de Mallorca. Samaritana Suites. Islas Baleares. Mallorca- Palma. Playa de Palma. Houm Plaza Son Rigo. Islas Baleares. Mallorca- Palma. Playa de Palma. Jade. Islas Baleares. Mallorca- Palma. Playa de Palma. Pabisa Orlando. Islas Baleares. Mallorca- Palma. Palma de Mallorca. hotel Abelux. Islas Baleares. Menorca. Ciutadella de Menorca. Menurka. Islas Baleares. Menorca. Mahón. Apartamentos royal life. Islas Baleares. Menorca. Sant Lluis. Prima Sud suites. La Rioja. Logroño. Logroño. Hotel NH Logroño Herencia Rioja. La Rioja. Logroño. Logroño. Hotel Sercotel Portales. La Rioja. Logroño. Logroño. Hotel Zenit Logroño. Madrid. Madrid. Alcalá de Henares. Hotel Alcalá Plaza. Madrid. Madrid. Alcorcón. Holiday Inn Express Alcorcón. Madrid. Madrid. Aranjuez. Hotel Occidental Aranjuez. Madrid. Madrid. Fuenlabrada. Hotel LCB Fuenlabrada. Madrid. Madrid. Getafe. Hotel Exe Getafe. Madrid. Madrid. Guadarrama. Hotel Galaico. Madrid. Madrid. Leganés. TRYP Madrid Leganés. Madrid. Madrid. Madrid. Apartahotel Jardines de Sabatini. Madrid. Madrid. Madrid. Apartamentos Muralto. Madrid. Madrid. Madrid. Catalonia Gran Vía. Madrid. Madrid. Madrid. Hotel Ibis Budget Madrid Vallecas. Madrid. Madrid. Madrid. Hotel NH Madrid Príncipe de Vergara. Madrid. Madrid. Madrid. Hotel Villamadrid. Madrid. Madrid. Madrid. NH Barajas. Madrid. Madrid. Madrid. Príncipe Pío. Madrid. Madrid. Madrid. Room Mate Alicia. Madrid. Madrid. Madrid. Tryp Alameda. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 82 Miércoles 25 de marzo de 2020 Sec. I. Pág. 26846 cve: BOE-A-2020-4027 Verificable en https://www.boe.es

18. CCAA Provincia Ciudad Nombre establecimiento Madrid. Madrid. Madrid. Tryp Madrid Airport Suites. Madrid. Madrid. Madrid. VP Jardín Metropolitano. Madrid. Madrid. Madrid. VP Madroño. Madrid. Madrid. Majadahonda. Hotel Majadahonda. Madrid. Madrid. Móstoles. Hotel Ciudad de Móstoles. Madrid. Madrid. Parla. Hotel NH Parla. Madrid. Madrid. Torrejón de Ardoz. Hotel Asset Torrejón. Melilla. Melilla. Melilla. Hotel Rusadir. Murcia. Murcia. Águilas. Hostal Isla del Fraile. Murcia. Murcia. Cartagena. hotel Los Habaneros. Murcia. Murcia. Lorca. Jardines de Lorca. Murcia. Murcia. Murcia. Hotel El Churra. Murcia. Murcia. Puerto Lumbreras. Hotel Riscal. Navarra. Navarra. Aizoain. Casa Petra. Navarra. Navarra. Alsasua. VT San Pedroko Bidea. Navarra. Navarra. Aoiz. Apartamento Harinera. Navarra. Navarra. Aoiz. Apartamento Pasaleku. Navarra. Navarra. Arguedas. CRV Sancho de Rota. Navarra. Navarra. Arguedas. Dezerto Bardenas. Navarra. Navarra. Buñuel. Casa Rural Gigantes de Navarra. Navarra. Navarra. Burlada. Hotel Casa Jacinto. Navarra. Navarra. Cárcar. Hotel Villa de Cárcar. Navarra. Navarra. Corella. Hotel Ciudad de Corella. Navarra. Navarra. Eugui. Hostal Etxeberri. Navarra. Navarra. Eulz. Casa Rural Belástegui. Navarra. Navarra. Falces. Palacio de Ochagavía. Navarra. Navarra. Irurtzun. Hotel Plazaola - Irurtzun. Navarra. Navarra. Isoba. Pension Txiki - Isaba. Navarra. Navarra. Larraga. Hotel el Castillo. Navarra. Navarra. Lekunberri. Hostal Ayestaran. Navarra. Navarra. Lerín. CR La Tahona. Navarra. Navarra. Lerruz. Palacio de Lerruz. Navarra. Navarra. Olite. Apartamentos Ducay. Navarra. Navarra. Pamplona. Gestión de Apartamentos. Navarra. Navarra. Pamplona. H. Avenida. Navarra. Navarra. Pamplona. Heart Steph. Navarra. Navarra. Pamplona. Hostal Acella. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 82 Miércoles 25 de marzo de 2020 Sec. I. Pág. 26847 cve: BOE-A-2020-4027 Verificable en https://www.boe.es

8. CCAA Provincia Ciudad Nombre establecimiento Andalucía. Cádiz. Conil. Almadraba Conil. Andalucía. Cádiz. El Puerto de Santamaría. Alhaja Playa. Andalucía. Cádiz. El Puerto de Santamaría. Hotel del Mar. Andalucía. Cádiz. El Puerto de Santamaría. Las Dunas. Andalucía. Cádiz. El Puerto de Santamaría. Los Cantaros. Andalucía. Cádiz. Jerez de la Frontera. Hotel Chancillería. Andalucía. Cádiz. Jerez de la Frontera. Life Apartments Guadalete. Andalucía. Cádiz. Los Barrios. Hotel Montera Plaza. Andalucía. Cádiz. Puerto real. Hotel Ciudad del Sur. Andalucía. Cádiz. Rota. Hostal Boutique La Española. Andalucía. Cádiz. Rota. Life Apartments Costa Ballena. Andalucía. Cádiz. Sanlúcar. Guadalquivir. Andalucía. Cádiz. Sanlúcar. Palacio Arizón. Andalucía. Córdoba. Almodóvar. Hostal San Luis. Andalucía. Córdoba. Córdoba. Apartamentos Barroso. Andalucía. Córdoba. Córdoba. Apartamentos Monteras Córdoba Centro. Andalucía. Córdoba. Córdoba. La llave de la judería. Andalucía. Córdoba. Montoro. Mirador de Montoro. Andalucía. Córdoba. Vva de Córdoba. Hotel Las Monteras. Andalucía. Granada. Granada. Gran Hotel Luna de Granada. Andalucía. Granada. Granada. Hotel Dauro. Andalucía. Granada. Granada. Room Mate Leo. Andalucía. Huelva. Huelva. Hotel Los Condes. Andalucía. Huelva. Huelva. Hotel Marina. Andalucía. Huelva. Punta Umbría. Apartamento LEO. Andalucía. Jaén. Jaén. Hotel Condestable. Andalucía. Jaén. Linares. Hotel Cervantes. Andalucía. Málaga. Antequera. Antequera Golf. Andalucía. Málaga. Antequera. Los Dólmenes. Andalucía. Málaga. Málaga. Ilunion Málaga. Andalucía. Málaga. Málaga. Soho Málaga. Andalucía. Málaga. Málaga. Ángel Suites. Andalucía. Málaga. Málaga. Atarazanas. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 82 Miércoles 25 de marzo de 2020 Sec. I. Pág. 26837 cve: BOE-A-2020-4027 Verificable en https://www.boe.es

13. CCAA Provincia Ciudad Nombre establecimiento Castilla-La Mancha. Toledo. Toledo. El Refugio. Castilla-La Mancha. Toledo. Toledo. Apartamentos El Valle, Bajo: Plaza Retama 1, Bajo. Castilla-La Mancha. Toledo. Toledo. Apartamentos El Valle - Primero: Plaza Retama 1, 1.º. Castilla-La Mancha. Toledo. Toledo. Ilarcuris. Castilla-La Mancha. Toledo. Toledo. La Casa de El Greco. Castilla-La Mancha. Toledo. Toledo. La Leyenda de la Cava. Castilla-La Mancha. Toledo. Toledo. Pico Limón. Castilla-La Mancha. Toledo. Toledo. Tendillas. Castilla-La Mancha. Toledo. Toledo. Toletvm Real Suites. Castilla y León. Ávila. Ávila. Hotel Cuatro Postes. Castilla y León. Ávila. Ávila. HOtel Dos CastilLas. Castilla y León. Ávila. Ávila. Hotel Exe Reina Isabel. Castilla y León. Ávila. Ávila. Hotel H2 Ávila. Castilla y León. Ávila. Ávila. Hotel San Antonio. Castilla y León. Burgos. Burgos. Hotel Las Terrazas. Castilla y León. Burgos. Burgos. Hotel Puerta de Burgos. Castilla y León. Burgos. Burgos. Hotel Rice Reyes Católicos. Castilla y León. Burgos. Miranda de Ebro. Hotel Tudanca Miranda. Castilla y León. León. Astorga. Hotel Astur Plaza. Castilla y León. León. León. Aparthotel Exe Campos San Mamés. Castilla y León. León. León. Hotel Abad San Antonio. Castilla y León. León. Ponferrada. Hotel Ciudad de Ponferrada. Castilla y León. León. Villaquilambre. Hotel Santiago. Castilla y León. León. León. Hotel Tryp León. Castilla y León. Palencia. Palencia. Hotel Rey Sancho. Castilla y León. Salamanca. Béjar. Hotel Colón. Castilla y León. Salamanca. Salamanca. Hotel Ciudad de Salamanca. Castilla y León. Salamanca. Salamanca. Hotel Gabriel y Galán. Castilla y León. Salamanca. Santa Marta. Hostal Caserón. Castilla y León. Segovia. Madrona. Hostal Soto Palacio. Castilla y León. Segovia. Segovia. Apartamentos Real. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 82 Miércoles 25 de marzo de 2020 Sec. I. Pág. 26842 cve: BOE-A-2020-4027 Verificable en https://www.boe.es

1. Nº 66. 20 Madrid, 26 de marzo de 20 20 SERVICIOS ESENCIALES A DETERMINADOS ALOJAMIENTOS TURÍSTICOS

6. incluidas en los artículos 17 y 18 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, entre otros. Por otro lado, el artículo 7 del referido Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, limita la libertad de circulación de las personas y prevé una serie de excepciones, a través de las cuales permite la movilidad por causas sanitarias de asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables o por causa de fuerza mayor o situación de necesidad, así como el desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar la prestación laboral, profesional o empresarial. Adicionalmente, puede haber personas que por razones de fuerza mayor o estado de necesidad necesiten asegurar alojamiento puntual con urgencia, como podrían ser turistas que no hayan podido retornar a sus lugares de origen en el plazo previsto en el apartado tercero de la Orden SND/257/2020, de 19 de marzo, personas que estén bajo un programa de atención humanitaria o cualquier otro programa para colectivos vulnerables y otros supuestos similares. En todos estos supuestos puede ser necesario utilizar alojamientos para las personas que deban desplazarse o que puedan necesitar asegurar alojamiento puntual con urgencia. En consecuencia, para garantizar su movilidad y seguridad en todo el territorio nacional, procede la declaración como servicio esencial de los alojamientos turísticos recogidos en el anexo de esta orden, así como permitir la prestación del servicio a los colectivos afectados por el resto de los alojamientos turísticos, y permitir la prestación de otros servicios complementarios. En su virtud, a propuesta de la Ministra de Industria, Comercio y Turismo, de conformidad con el Ministro de Sanidad, la Ministra de Defensa, el Ministro del Interior, la Ministra de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, la Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, la Ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital así como el Ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, y al amparo de la habilitación contenida en los artículos 4 y 14 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, dispongo: Artículo 1. Declaración de servicio esencial de determinados alojamientos turísticos para la prestación del servicio de alojamiento a trabajadores. Se declaran como servicios esenciales los alojamientos turísticos recogidos en el anexo de esta orden, que se mantendrán cerrados al público en general pero deben permitir el alojamiento de aquellos trabajadores que deban realizar labores de mantenimiento, asistencia sanitaria, reparación y ejecución de obras de interés general, abastecimiento de productos agrarios y pesqueros, y tripulaciones de los buques pesqueros, así como servicios complementarios a las mismas, en el ámbito sanitario, portuario, aeroportuario, viario y ferroviario, alimentario, salvamento y seguridad marítimo, la instalación, mantenimiento y reparación de redes de telecomunicaciones y centros de procesos de datos, suministro de energía y agua, suministro y servicios de transporte de mercancías o de viajeros ligados a las actividades permitidas por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y su normativa de desarrollo, así como de servicios esenciales como las fuerzas y cuerpos de seguridad y los trabajadores que deben desarrollar las actividades incluidas en los artículos 17 y 18 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo. En todo caso, tendrán que observar las medidas e instrucciones de protección indicadas por el Ministerio de Sanidad tendentes a evitar el contagio del COVID-19. Adicionalmente, por resolución del Ministro de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana, se podrá ampliar, modificar, revisar o actualizar el listado de alojamientos turísticos recogidos en el anexo de esta orden cuando sea necesario para garantizar la prestación de los servicios incluidos en este artículo, de acuerdo a la petición realizada por el departamento ministerial correspondiente. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 82 Miércoles 25 de marzo de 2020 Sec. I. Pág. 26835 cve: BOE-A-2020-4027 Verificable en https://www.boe.es

5. I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA 4027 Orden TMA/277/2020, de 23 de marzo, por la que se declaran servicios esenciales a determinados alojamientos turísticos y se adoptan disposiciones complementarias. En el marco del estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, se ha dictado la Orden SND/257/2020, de 19 de marzo, por la que se declara la suspensión de apertura al público de establecimientos de alojamiento turístico, incluyéndose hoteles y alojamientos similares, alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia, campings, aparcamientos de caravanas y otros establecimientos similares, ubicados en cualquier parte del territorio nacional. El artículo 18 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, dispone que los operadores críticos de servicios esenciales previstos en la Ley 8/2011, de 28 de abril, por la que se establecen medidas para la protección de infraestructuras críticas, adoptarán las medidas necesarias para asegurar la prestación de los servicios esenciales que les son propios. Asimismo, prevé la adopción de medidas necesarias por empresas y proveedores que, no teniendo la consideración de críticos, son esenciales para asegurar el abastecimiento de la población y los propios servicios esenciales. Adicionalmente, el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, recoge una serie de medidas para el aseguramiento del suministro de bienes y servicios necesarios para la protección de la salud pública, del transporte de mercancías en todo el territorio nacional con objeto de garantizar el abastecimiento y la entrega de productos adquiridos en el comercio por internet, telefónico o correspondencia, del abastecimiento alimentario y de garantía de suministro de energía eléctrica, productos derivados del petróleo y gas natural. Asimismo, el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, establece medidas para evitar los efectos negativos sobre el empleo y la viabilidad empresarial derivados de la suspensión de contratos públicos, con el fin de evitar un impacto estructural negativo sobre esta parte del tejido productivo. Para que estas medidas puedan desarrollarse es necesario garantizar la movilidad de aquellos trabajadores que tienen que realizar determinadas labores de tal forma que puedan disponer de alojamiento y comida. Labores de mantenimiento, asistencia sanitaria, reparación y obras, suministro y transporte, entre otros, de servicios esenciales como podrían ser, sin ánimo de exhaustividad, personal sanitario, fuerzas y cuerpos de seguridad, transportistas de viajeros y mercancías, personal de operadores de telecomunicaciones y centros de procesos de datos y de empresas instaladoras de telecomunicación para la instalación, el mantenimiento y reparación de redes de telecomunicaciones y centros de procesos de datos, operación y mantenimiento de las redes de transporte y distribución de electricidad, gas, agua, y centrales de generación de energía, personal de prevención y extinción de incendios, trabajadores de plantas petroquímicas o centrales eléctricas o nucleares, personal ligado a actividades de salvamento y seguridad marítima, gasolineras, puertos y aeropuertos, infraestructuras ferroviarias, y obras de interés general en el ámbito sanitario, portuario, aeroportuario, viario y ferroviario, entre las cuales se debe de incluir las telecomunicaciones que se realicen en el ámbito de la geografía ferroviaria, tanto para uso ferroviario como de los operadores de telecomunicaciones, que se realicen en las mismas, plantas de procesamiento de productos agrícolas, cárnicos y pesqueros y de los insumos necesarios para su elaboración, los trabajadores que deben desarrollar las actividades BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 82 Miércoles 25 de marzo de 2020 Sec. I. Pág. 26834 cve: BOE-A-2020-4027 Verificable en https://www.boe.es

19. CCAA Provincia Ciudad Nombre establecimiento Navarra. Navarra. Pamplona. Hotel 3 Reyes. Navarra. Navarra. Rada. El Refugio de las Bardenas. Navarra. Navarra. Salinas de Pamplona. Hotel Agorreta. Navarra. Navarra. Sunbilla. Apartamentos turísticos rurales Casa Angiz etxea. Navarra. Navarra. Tafalla. Hospedaje Ntra. Sra. de Ujué. Navarra. Navarra. Tudela. Hotel Delta - Tudela. Navarra. Navarra. Tudela. La Casa Gris. Navarra. Navarra. Yesa. Hostal Arangoiti. País Vasco. Álava. Vitoria-Gasteiz. Hotel Jardines de Uleta. País Vasco. Álava. Vitoria-Gasteiz. Hotel Ruta de Europa. País Vasco. Bizkaia. Bilbao. Abba Suites Bilbao City Centre. País Vasco. Bizkaia. Bilbao. Apartamentos Turísticos Santiago. País Vasco. Bizkaia. Bilbao. Hotel Ercilla. País Vasco. Guipúzcoa. Irún. Hotel Alcázar Irún Centro Ciudad. País Vasco. Guipúzcoa. San Sebastián. Apartamentos Arima. País Vasco. Guipúzcoa. San Sebastián. Hotel K10. País Vasco. Guipúzcoa. San Sebastián. Pensión Legazpi. País Vasco. Guipúzcoa. San Sebastián. Arima Hotel. País Vasco. Guipúzcoa. Urnieta. Hotel HKO. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 82 Miércoles 25 de marzo de 2020 Sec. I. Pág. 26848 cve: BOE-A-2020-4027 Verificable en https://www.boe.es https://www.boe.es BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

2. Nº 66. 20 Madrid, 26 de marzo de 20 20 SERVICIOS ESENCIALES A DETERMINADOS ALOJAMIENTOS TURÍSTICOS A continuación, adjuntamos Boletín Oficial del Estado del 25 de marzo, donde se publica la Orden TMA/277/2020, de 23 de marzo, por la que se declaran servicios esenciales a determinados alojamientos turísticos y se adoptan disposiciones complementarias: Artículo 1. Declaración de servicio esencial de determinados alojamientos turísticos para la prestación del servicio de alojamiento a trabajadores. Se declaran como servicios esenciales los alojamientos turísticos recogidos en el anexo de esta orden, que se mantendrán cerrados al público en general pero deben permitir el alojamiento de aquellos trabajadores que deban realizar labores de mantenimiento, asistencia sanitaria, reparación y ejecución de obras de interés general, abastecimiento de productos agrarios y pesqueros, y tripulaciones de los buques pesqueros, así como servicios complementarios a las mismas, en el ámbito sanitario, portuario, aeroportuario, viario y ferroviario, alimentario, salvamento y seguridad marítima, la instalación, mantenimiento y reparación de redes de telecomunicaciones y centros de procesos de datos, suministro de energía y agua, suministro y servicios de transporte de mercancías o de viajeros ligados a las actividades permitidas por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y su normativa de desarrollo , así como de servicios esenciales como las fuerzas y cuerpos de seguridad y los trabajadores que deben desarrollar las actividades incluidas en los artículos 17 y 18 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo. En todo caso, tendrán que observar las medidas e instrucciones de protección indicadas por

7. Artículo 2. Prestación del servicio de alojamiento en otros supuestos excepcionales. Los alojamientos turísticos recogidos en el artículo anterior permitirán el alojamiento de personas que deban desplazarse para atender a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad, personas especialmente vulnerables o con necesidades de atención sanitaria, entre otros supuestos, de conformidad con las situaciones previstas en los apartados b), c), d), e) y g) del artículo 7.1 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, así como a todas aquellas personas que por causa de fuerza mayor o situación de necesidad requieran asegurar alojamiento puntual con urgencia. Artículo 3. Prestación del servicio por otros alojamientos turísticos. El resto de alojamientos turísticos que no figuren en el anexo de esta orden podrán prestar alojamiento exclusivamente a los colectivos mencionados en los artículos 1 y 2. En ese caso, tendrán que observar las medidas e instrucciones de protección indicadas por el Ministerio de Sanidad tendentes a evitar el contagio del COVID-19. Artículo 4. Prestación de otros servicios. Los alojamientos a que se refieren los artículos anteriores prestarán servicio de restauración y cualquier otro servicio que resulte necesario para la correcta prestación del servicio de alojamiento, cuando así estén habilitados para ello, exclusivamente a las personas que se encuentren alojadas en los mismos. Sin perjuicio de lo anterior, se podrá permitir el acceso a las instalaciones y servicios de aseo y restauración a los transportistas profesionales de mercancías, aunque no se encuentren alojados. En todo caso, en la prestación de estos servicios tendrán que observar las medidas e instrucciones de protección indicadas por el Ministerio de Sanidad tendentes a evitar el contagio del COVID-19. Disposición final única. Vigencia. Esta Orden será de aplicación desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» hasta la finalización del periodo del estado de alarma o hasta que existan circunstancias que justifiquen una nueva orden modificando los términos de la presente. Madrid, 23 de marzo de 2020.–El Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, José Luis Ábalos Meco. ANEXO Alojamientos turísticos declarados servicio esencial CCAA Provincia Ciudad Nombre establecimiento Andalucía. Almería. Alhama de Almería. Balneario San Nicolás. Andalucía. Almería. Almería. Avenida Hotel. Andalucía. Almería. Almería. Hotel Catedral. Andalucía. Almería. Laujar de Andarax. Hotel Almirez. Andalucía. Cádiz. Algeciras. Hotel María Luisa. Andalucía. Cádiz. Algeciras. Hotel Mercure Algeciras. Andalucía. Cádiz. Arcos de la frontera. La Fonda Califa. Andalucía. Cádiz. Cádiz. Las Cortes de Cádiz. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 82 Miércoles 25 de marzo de 2020 Sec. I. Pág. 26836 cve: BOE-A-2020-4027 Verificable en https://www.boe.es

3. el Ministerio de Sanidad tendentes a evitar el contagio del COVID- 19. Adicionalmente, por resolución del Ministro de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana, se podrá ampliar, modificar, revisar o actualizar el listado de alojamientos turísticos recogidos en el anexo de esta orden cuando sea necesario para garantizar la prestación de los servicios incluidos en este artículo, de acuerdo con la petición realizada por el departamento ministerial correspondiente. COVID- 19. Artículo 2. Prestación del servicio de alojamiento en otros supuestos excepcionales. Los alojamientos turísticos recogidos en el artículo anterior permitirán el alojamiento de personas que deban desplazarse para atender a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad, personas especialmente vulnerables o con necesidades de atención sanitaria, entre otros supuestos, de conformidad con las situaciones previstas en los apartados b), c), d), e) y g) del artículo 7.1 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, así como a todas aquellas personas que por causa de fuerza mayor o situación de necesidad requieran asegurar alojamiento puntual con urgencia. Artículo 3. Prestación del servicio por otros alojamientos turísticos. El resto de los alojamientos turísticos que no figuren en el anexo de esta orden podrán prestar alojamiento exclusivamente a los colectivos mencionados en los artículos 1 y 2 . En ese caso, tendrán que observar las medidas e instrucciones de protección indicadas por el Ministerio de Sanidad tendentes a evitar el contagio del COVID- 19. Artículo 4. Prestación de otros servicios. Los alojamientos a que se refieren los artículos anteriores prestarán servicio de restauración y cualquier otro servicio que resulte necesario para la correcta prestación del servicio de alojamiento, cuando así estén habilitados para ello, exclusivamente a las personas que se encuentren alojadas en los mismos . Sin perjuicio de

4. lo anterior, se podrá permitir el acceso a las instalaciones y servicios de aseo y restauración a los transportistas profesionales de mercancías, aunque no se encuentren alojados . En todo caso, en la prestación de estos servicios tendrán que observar las medidas e instrucciones de protección indicadas por el Ministerio de Sanidad tendentes a evitar el contagio del COVID-19. Consultar los alojamientos en el Anexo ANEXO Alojamientos turísticos declarados servicio esencial C/ Príncipe de Vergara, 74, 3 planta - 28006 MADRID Tlf.: 91 451 48 01 / 07 – Fax: 91 395 28 23 E-mail: [email protected] Nota: Prohibida la edición, distribución y puesta en red, total o parcial, de esta información si n la autorización de A ST IC

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