1. Nº 86 .1 6 Madrid, 2 8 de octu bre de 201 6 PUBLICADO EN ITALIA EL DECRETO SOBRE DESPLAZAMIENTO DE TRABAJADORES. El 27 de octubre se ha publicado en Italia el decreto que establece las modalidades de la comunicación del desplazamiento de trabajadores a Italia, que estaba previsto en el decreto legislativo n. 136 de 17 de julio. Esta comunicación deberá enviarse antes de las 24 horas anteriores a la fecha de desplazamiento de los trabaja dores a Italia. El decreto entrara en vigor a los 60 días de la publicación oficial, esto es el 27 de diciembre de 2016. Esperemos que antes de esa fecha las autoridades italianas establezcan de forma clara algunas dudas todavía presentes, en particular: - Confirmen si se va a aplicar solo al transporte de cabotaje, o al transporte internacional con origen o destino Italia. - Confirmen si se va a aplicar solo cuando el destinatario del servicio, entendido como el cliente, está establecido en Italia. - Acl aren las cuantías de salario mínimo que se deberán aplicar a los trabajadores desplazados. En esta web del Ministerio de trabajo italiano pueden encontrarse los formularios de estas declaraciones, por ahora exclusivamente en italiano. http://www.lavoro.gov.it/strumenti - e - servizi/Distacco - transnazionale/Pagine/default.aspx
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